VACACIONES ANUALES REMUNERADAS.

29.08.2013 10:56

 

ARTICULO 186. DURACION.

 

1. Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas.

 

2. Los profesionales y ayudantes que trabajan en establecimientos privados dedicados a la lucha contra la tuberculosis, y los ocupados en la aplicación de rayos X, tienen derecho a gozar de quince (15) días de vacaciones remuneradas por cada seis (6) meses de servicios prestados.
 
¿QUE SON LAS VACACIONES?
Las vacaciones son una prestación social que consiste en el descanso remunerado al que tiene derecho todo trabajador que hubiere prestado sus servicios a un empleador, durante un año calendario, consistente en 15 días hábiles consecutivos.
 
¿CUANDO TIENE DERECHO EL TRABAJADOR A PEDIR SUS VACACIONES?
A partir de que el trabajador haya cumplido un año de prestación de servicios a un empleador.
 
¿A CUANTOS DIAS DE VACACIONES TIENE DERECHO UN TRABAJADOR?
Cumplido el año de servicios, el trabajador tiene derecho a disfrutar de un descanso remunerado de 15 días hábiles consecutivos.
 
 
Formula para liquidar vacaciones:
 
V/15 dias del salario  * Dias laborados proporcional
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