JORNADA ORDINARIA, HORAS EXTRAS DIURNAS. HORAS EXTRAS NOCTURNAS
04.09.2013 11:21
*ARTICULO 158. JORNADA ORDINARIA. La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan a las partes, o a falta de convenio, la máxima legal.
Formula para sacar valor hora ordinaria:
V/salario = valor del dia / 8horas = Valor de una hora ordinaria
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*ARTICULO 159. TRABAJO SUPLEMENTARIO. Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.
Formula para sacar valor hora extra Diurna:
V/Hora ordinaria + 25% * horas laboradas = Valor hora sextras diurnas
*ARTICULO 160. TRABAJO ORDINARIO Y NOCTURNO.
1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.).
2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.).
Formula para sacar valor hora extra Nocturna:
V/Hora ordinaria +75% * horas laboradas = Valor horas extras nocturnas